NORMAS OPERATIVAS PARA INSTITUCIONES - Vigencia 04/2008. Las disposiciones del Programa Médico Obligatorio -PMO- vigente serán de aplicación obligatoria con excepción de aquellos aspectos y situaciones que se establecen en forma particular, por acuerdo entre el prestador y OSMITA. Los beneficiarios del SISTEMA OSMITA, que requieran prestaciones médico-asistenciales, para ser atendidos por el prestador, deberán presentar su documento de identidad y la credencialde OSMITA vigente desde 04/2008 de color azul, con sticker habilitante que indica el plan de servicios y la fecha de vencimiento de los mismos.


 

DATOS PARA CONTACTARSE
Call Center OSMITA: 0800-888-MITA (6482) - Atención para prestadores las 24 hs, en todo el país.
Ante cualquier duda o aclaración sobre las siguientes normas operativas, puede contactar al Departamento de Prestaciones, de lun. a vie. de 9 a 18 hs, al tel. (011) 4313-3111, mientras que las autorizaciones previas, de las prestaciones que así lo requieran, podrán hacerse por la línea directa de fax al int. 2 de nuestras líneas rotativas en forma permanente.
Si en alguna oportunidad, fuera de los días y horarios mencionados, surgiese algún problema en la atención de nuestros beneficiarios, ya sea en la guardia o bajo internación , y que por su naturaleza e importancia debiera ser comunicado de inmediato a esta Obra Social, ello podrá hacerse a nuestro call center.